El pasado 28 de diciembre, se aprobó el Real Decreto 25/2018, que viene cargado de novedades que modifican la legislación laboral actual en varios aspectos relevantes.

En  Asesoría Esquinal hemos analizado los cambios que afectan de forma directa a los trabajadores autónomos. Como suele ocurrir, suben las cotizaciones, pero esta vez y por primera vez, esta subida lleva aparejada una mejora en las prestaciones sociales. 

  1. BASES DE COTIZACIÓN Y CUOTAS:

Las bases de cotización de los trabajadores autónomos persona física pasa de los 932,70 euros de 2018 a 944,40 euros a partir del 1 de enero de 2019, por tanto, la cuota mensual aumenta a 283,3 euros en 2019. Pero este aumento en la cuota no es solamente por el aumento de la base, si no que los tipos de cotización también aumentan, quedando del siguiente modo y con las siguientes mejoras en las coberturas:

  • Contingencias comunes, 28,30% — Dejar de pagar cuota de autónomos a partir del segundo mes de baja por Incapacidad Temporal y hasta el momento de alta.
  • Contingencias profesionales, 0,9%. — Cobrar la prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional desde el primer día en que curse baja.
  • Cese de actividad, 0,7% — Mayor acceso a la prestación por cese de actividad cuya duración aumenta de 12 a 24 meses.
  • Formación profesional, el 0,1%. — Acceder a la formación continua.

En cuanto a la figura del autónomo societario, base mínima aumenta hasta los 1.214,08 €, lo que supone un incremento en la cuota mensual de unos 7 €, quedando esta en 364,22 € al mes

Como se puede apreciar, la voluntariedad que existía hasta ahora para cotizar por las coberturas de contingencias profesionales, Cese de actividad (desempleo del autónomo) y Formación profesional desaparece, y será obligatorio para todos y todas que no tuvieran ya cubiertas estas contingencias.

Por último, los trabajadores autónomos que se den de alta a partir del 1 de enero de 2019, siempre que cumplan los requisitos establecidos, podrán seguir beneficiándose de la conocida como “Tarifa Plana”, durante el primer año de alta en el RETA. No obstante este año se encarecerá un poco, pues pasa de los 50 € iniciales a 60 €.

Pronto os informaremos sobre las novedades en materia fiscal para el sector de los trabajadores por cuenta ajena.

No dudes en contactar con Asesoría Esquinal para cualquier duda.

Estefania Flores – Departamento Laboral