El pasado 4 de julio de 2019 se publicó en el BOE, la Resolución de 26 de junio de 2019. de la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a las actividades de promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas y para sufragar los gastos de funcionamiento, para el año 2019. La cuantía total de las subvenciones para este año asciende a 4.314.164 euros y las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva.

El objeto de estas subvenciones es la financiación de los gastos derivados de la realización de actividades de apoyo y promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas, así como la financiación parcial de los gastos de funcionamiento de las asociaciones de trabajadores autónomos, de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción y otros entes representativos de la economía social de ámbito estatal para facilitar el cumplimiento de los fines propios de estas entidades.

¿Quién puede ser beneficiario?

a) De las subvenciones a las actuaciones de ámbito estatal de promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas:

  • Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal y carácter intersectorial.
  • Entidades asociativas de cooperativas, de sociedades laborales y de empresas de inserción.
  • Otros entes representativos de la economía social que integren a asociaciones de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales.
  • Otras asociaciones, fundaciones y universidades. En este apartado se considerarán incluidas las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal y carácter sectorial.

b) Para los gastos de funcionamiento:

  • Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal.
  • Entidades asociativas de carácter intersectorial y ámbito estatal de cooperativas, de sociedades laborales y de asociaciones de empresas de inserción.
  • Entidades asociativas de carácter sectorial y de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales.
  • Otros entes representativos de la economía social que integren a asociaciones de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales. Estos entes representativos de la economía social deberán contar entre sus asociados, al menos, con cinco asociaciones de ámbito estatal entre las de cooperativas y las de sociedades laborales.

El plazo de presentación es de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOE, por tanto, sería hasta el día 1 de agosto. No dudes en contactar con nuestro equipo para más información.